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Comité de Ayuda Mutua
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   Miembros del C.A.M
 
     

MIEMBROS DEL C.A.M.:

El Comité de Ayuda Mutua estará integrado por las Empresas ubicadas en los municipios Guacara, San Joaquín, Mariara y sus Adyacencias y que manifiesten su interés y cumplan con los requisitos para pertenecer al mismo.

1.-     Los miembros del Comité, tienen el deber de asistir puntualmente a todas las reuniones ordinarias.

.2.-     Los representantes de cada empresa miembros, que asistan a las reuniones del Comité, deberán tener el nivel de autoridad correspondiente como para facilitar y agilizar la toma de decisiones, cuando se solicite la ayuda de la empresa que representa.

.3.-     Las Empresas que deseen pertenecer al C.A.M., deberán remitir una solicitud por escrito a la Junta Directiva, la cual proveerá a dicha empresa de un formato donde se establecen los requisitos necesarios para formar parte del Comité.

.4.-     Las empresas miembros del C.A.M., serán objeto de una inspección periódica y del resultado de la misma se hará llegar un informe, debidamente firmado por la Dirección de Tecnología, al representante de la empresa ante el Comité, a fin de que se tomen en cuenta las recomendaciones pertinentes.  Se abrirá un libro de enumeración continua como recibo de la inspección.

.5.-     Las empresas que lo deseen, podrán hacer ante el Comité solicitudes de Inspecciones Específicas de acuerdo a necesidades operativas de la empresa. Esta solicitud se hará a través de la Dirección de Tecnología.

 6.-     Los miembros del C.A.M., deberán efectuar los trámites necesarios para mantener equipos de Control de Emergencias en óptimas condiciones de operabilidad y de Radio-recepción, con comunicación directa con los Asesores y demás miembros del Comité.

 7.-     Las empresas miembros deberán poseer equipos, materiales y recursos humanos que permitan atender conflagraciones en su empresa y estar dispuestos a prestar ayuda a cualquiera de las empresas miembros, cuando éstas lo soliciten y exista disponibilidad.

 8.-     La integración del Comité de Ayuda Mutua, no compromete legalmente a ninguna empresa a participar en el control de emergencias y siniestros; pero si existe un compromiso ético, por pertenecer al C.A.M.

 9.-     Las empresas miembros del C.A.M. presentarán un listado de equipos para el control de emergencias y riesgos potenciales (según anexo 1 y 2).

10.-    La Junta Directiva, verificará los requisitos exigidos y remitirá al secretario dicho listado, a fin de que sea archivado después de haberse distribuido una copia a cada miembro.

 11.-    Cada empresa afectada por un siniestro y en la que se active un Plan de Emergencias involucrando a otras empresas miembros, deberá responder por los daños, consumo y extravío de materiales y equipos utilizados en las operaciones relacionadas con el siniestro y cubrirá lo relacionado con accidentes personales a terceros.  Es bueno aclarar que lo anterior se efectuará, luego de cumplir con los trámites administrativos pertinentes.

 12.-    Toda ayuda de emergencia, solicitada por los miembros del C.A.M., deberá ser canalizada a través del Cuerpo de Bomberos, siguiendo los criterios establecidos en el cronograma de control de emergencias.

 

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