Codigo de Etica Industrial

Aprobado por la VII Asamblea Nacional de Cámaras y Asociaciones:

El Consejo Venezolano de la Industria considera que el basamento de la actividad industrial reposa sobre la veracidad y honestidad de los empresarios y en consecuencia, considera contrario a la ética e incompatible con sus principios fundamentales que una empresa o empresario industrial:

  1. Viole o permita que violen las leyes, reglamentos u ordenanzas relacionadas con la producción industrial.
  • Viole deliberadamente las normas de Control de Calidad y no ponga todo su empeño y esfuerzo en el mejoramiento y/o mantenimiento de la calidad de sus productos.
  • Cometa abuso o especulación en los precios de sus productos en detrimento del público consumidor.
  • De u ofrezca remuneraciones indebidas o comisiones y solicite o use influencias para crearse situaciones de privilegio ante organismos públicos o privados.
  • Anuncie sus productos atribuyéndoles cualidades que no poseen, o deforme la verdad, de manera de engañar al público consumidor.
  • No se preocupe por obtener condiciones de trabajo justas equitativas y dignas para sus trabajadores y obreros.
  • Se niegue a prestar su colaboración a los programas y planes que vayan en beneficio de la comunidad en la cual desarrolle su actividad y, en especial, aquellos que contribuyan a la formación educativa de sus trabajadores y de los hijos de éstos.
  • Contravenga deliberadamente los principios de justicia y lealtad en sus relaciones con el personal subalterno.
  • Atente contra la reputación o los legítimos intereses de otros industriales.
  1. Contravenga los postulados básicos de la libre iniciativa adoptando posiciones que atenten contra los principios fundamentales del régimen de democracia y libertad que los venezolanos han adoptado como forma de vida.
  1. Desplegar cualquiera otra actividad que se relacione con sus fines y objetivos, y en especial con aquellos asuntos de interés para sus asociados.